El “Premium Pay” y el Programa de Incentivos para el Retorno al Trabajo NO es lo mismo
El “Premium Pay” es un pago que se le ofrecerá entre otras profesionales a los Guardias de Seguridad, que entre marzo 2020 y actual, han trabajo 500 horas mínimo y han generado ingresos no mayores de $40,000.00 y están trabajando actualmente. Si usted recibió incentivos por desempleo (PUA) no cualifica para este incentivo.
Por otro lado, el, Programa de Incentivos para el Retorno al Trabajo, es un programa que el Gobernador de Puerto Rico, Hon. Pedro R. Pierluisi Urrutia, ha designado cien millones de los fondos disponibles bajo el CSRER para establecer el Programa de Incentivos para el Retorno al Trabajo (“Programa”). Este programa pretende otorgar incentivos monetarios a aquellas personas elegibles que regresen a la fuerza laboral.
En nuestra interpretación.
Usted se quedó trabajando, desde el comienzo a la pandemia, rindió planilla y esta trabajando, se le enviaran $2,000.00
Pero, usted se quedo en su casa, recibió ayudas por desempleo (PUA) rindió planilla 2019, por el ingreso del (PUA) se le acabo el beneficio y ahora decidió regresar a trabajar, recibirá una compensación de $2,000.00, pagados en dos partidas, una de ellas al momento de regresar y otra 90 días mas tardes. Las dos aportaciones, tienen que ser confirmadas por el empleador.
Para el Programa de Incentivos para el Retorno al Trabajo, NO cualifican las Agencias de seguridad e igual Guardias de Seguridad Independientes.
Requisitos de Elegibilidad.
Las Guías establecen los siguientes requisitos de elegibilidad tanto de patronos como de empleados, respectivamente:
Patrono Elegible: Se considerará como un Patrono Elegible a todo negocio que cumpla con los siguientes requisitos:
Ser un patrono del sector privado, sea bajo un negocio individual, una sociedad o una entidad jurídica.
El negocio debe estar en operación al momento de someter la solicitud del incentivo bajo el Programa.
El negocio debe estar dedicado a una de las siguientes actividades:
Restaurante o barra, hoteles, o servicios de alojamiento, agricultura o construcción.
El negocio debe tener vigente su Certificado de Registro de Comerciante entre otros requisitos.